Hoy el TSJ publicó una sentencia
en la que la Sala Constitucional ordenó eliminar toda imagen de contenido
sexual, explícito o implícito, de los anuncios publicitarios en medios impresos
relativos a la promoción de servicios concernientes a la actividad sexual y se
coloque en los mismos que se trata de servicios exclusivos para mayores de
dieciocho años. La acción fue interpuesta por el ciudadano Gilberto Rúa el 14
de enero de 2009 en contra del diario Meridiano.
El accionante parece una especie
de fundamentalista. No solo iba contra los clasificados de los periódicos.
Dentro de los fundamentos de la acción se menciona que el señor tiene estudios
en “porno suave” y creó un proyecto de Ley Especial contra la Porno. Cataloga
de inmorales las fotos de Spencer Tunick en la Plaza Caracas. Se refirió como “depravación
sexual” a las fotos y grabaciones que envían los adolescentes a través de sus
celulares y bueno, no dejó por fuera al regaeeton.
La sentencia desestima casi todos
los elementos de la acción, excepto el tema del contenido sexual en los medios
impresos. Respecto al proyecto de Ley Especial contra la Porno, la Sala reiteró
su sentencia del 6 de diciembre de 2012 y se especifica que ya le señaló al
accionante que los artículos 202 al 224 de la Constitución, establecen el procedimiento,
mecanismo y requisitos de formación de las leyes nacionales por lo que se
declara improcedente la pretensión sobre ese particular. En cuanto al reggaetón,
la Sala observó que no puede considerarse que un género musical sea ilegal,
pero se exhorta a las instancias correspondientes a que en su actividad de
supervisión de los medios de comunicación presten especial atención al
contenido de las canciones de cualquier género musical que se transmiten en
horario de difusión de contenido que debe ser apto para todos los usuarios.
Es realmente preocupante una
mentalidad de este tipo. Una persona que piensa que el sexo atenta contra Dios
sabe quién. Hoy, los niños de todas las edades tienen más acceso a sexo por
internet, por ejemplo, que a través de medios impresos. ¿Quién dice o determina
qué tipo de imagen es pornográfica o cual no lo es? Este tipo de personas son
las mismas que aplauden el cierre de canales de televisión bajo la premisa de
que los ciudadanos no tenemos la suficiente capacidad para razonar en base a lo
que vemos y juran que los medios nos manipulan. ¡Por favor! Muchos olvidan que
con el tema de los niños existe una corresponsabilidad entre las familias y el
Estado. Son los padres los que deben controlar el acceso de los hijos a
cualquier tipo de información o experiencia que vulnere su tranquilidad. Muchos
se escandalizan de ver a los niños bailando reggaetón como si fueran adultos,
pero, ¿quién diablos les pone la música? Porque me van a disculpar, pero hoy
los niños no saben quiénes fueron las payasitas Nifunifá, pero saben de sobra
quien es Don Omár o Daddy Yankee. ¿Y cómo lo saben? ¿Quién los acerca a eso? Y
respecto a los celulares el problema no es lo que se envían los niños, niñas y adolescentes,
el problema es qué diablos hace un niño que no es responsable de sus actos,
manipulando un artefacto sin la debida supervisión de sus padres y/o
representantes. No sean irresponsables. Lo más risible de todo es la Ley
Especial contra la Porno. ¡Por las alpargatas del Cristo llanero! Este señor,
imagino, pensaba que para proteger el “interés superior” de los niños y por las
ideas descabelladas que expuso, debía estar proponiendo cosas como la
prohibición de las ventas en quioscos de Playboy o Playgirl o el bloqueo de páginas
como xvideos o redtube. La pacatería de cierta gente resulta extremadamente
repulsiva. Al menos aún tenemos porno, Sr. Rúa y reggaetón para las noches de
disco.
Daniel González G.
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